Il Consejo Regional de Toscana presentó una moción bastante importante sobre el tarjeta de caza y L 'anotación de los animales sacrificados de fauna sedentaria y migratoria. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Regional 3 de 1994, la fauna debe ser anotada inmediatamente después de laasesinato comprobado. Otro texto normativo, mucho más reciente, ha aclarado el significado de este tipo de matanza, explicando cómo el cazador tiene la obligación de verificar personalmente la colección real.
El Consejo Regional tomó nota de laaplicación restrictiva de la ley por parte de la vigilancia de la caza, dado que a menudo no se consideraba la necesidad de verificación. La moción, por lo tanto, se refiere a la calificación otorgada a los guardias de caza voluntarios, una competencia regional que depende de aprobar un examen específico, sin olvidar los cursos de preparación y actualización.
Siguiendo el ejemplo de lo decidido por Liguria, Véneto y Lombardía, el Consejo Regional de Toscana se ha comprometido a implementar iniciativas apropiadas para la información correcta sobre la aplicación de la regla sobre la anotación de animales sacrificados. El propósito de la moción es aplicar las intenciones del legislador toscano de manera coherente, siempre teniendo en cuenta la evaluación personal y la verificación de los cazadores.