Una pelea, la paliza, el miedo y la licencia para el licencia de armas de fuego (caza) que "desaparece". Incluso para aquellos que, según las reconstrucciones de la policía, habrían sufrido. Pero dado el marco psicológico del hombre y viendo que “nuestro ordenamiento jurídico no reconoce la tenencia de un arma como un derecho absoluto e incomprensible del individuo” Alquitrán de Trentino no aceptó el recurso. Y las armas siguen siendo intocables. La historia parte de una pelea entre dos vecinos. Se encuentran a lo largo de un camino rural. Uno de los dos se baja del coche y va hacia el otro. Y lo hubiera golpeado lo suficiente como para provocarlo un grado conmocional de lesión en la cabeza, múltiples hematomas en la cara, múltiples excoriaciones en la cara y aurículas, con un pronóstico que, tras complicaciones, era igual a 40 días.
El primero en ser demandado, sin embargo, es el que sufre. Procedimiento que se cierra con un decreto de archivo. Luego hay una segunda denuncia por lesiones graves y amenazas y presentarla al automovilista que terminó en urgencias. En la demanda, sin embargo, hay un pasaje que se vuelve crucial en el caso ante el jueces del alquitrán. El hombre -el golpeado para entendernos- explica que "estaba particularmente conmocionado y marcado por la agresión que sufrió para no descartar la necesidad de recurrir a la atención de un psicólogo". El caso parece haber terminado con la remisión de la demanda contra indemnización de 14 mil euros. Pero así: la policía inicia el procedimiento para la revocación de la licencia de portación de armas de caza. Proceso que afecta a ambas partes involucradas. La disposición - en cuanto a los atacados - se convierte en decreto. El hombre sigue el camino de apelar al comisionado del gobierno pero la revocación sigue así.
Y luego llegamos al Tar. Y en el recurso, el abogado del hombre explica cómo "el Cuestor parece fundar sus dudas sobre la fiabilidad del asunto sobre la base de actos que, a decir verdad, llevan a la conclusión contraria, ya que elementos aptos para excluir cualquier hecho relacionado con el solicitante y capaz de probar que es una mera víctima pasiva de una agresión unilateral violenta". Y por tanto que “Las normas obligan a la autoridad administrativa a realizar una adecuada y oportuna valoración de la personalidad de la persona, sin limitarse a episodios únicos y aislados”. Estos son los puntos del recurso que, como se ha dicho, fue desestimado. Pero aquí están las razones de los jueces administrativos.
Y partimos de dos premisas: "nuestro ordenamiento jurídico no reconoce la tenencia de un arma y el uso del mismo". Y "la solicitud de licencia de armas de fuego sólo podrá satisfacerse en la hipótesis de que no exista peligro de que el sujeto pueda abusar de ellas, de manera que se eviten dudas y perplejidades en materia de orden y seguridad pública". Y entonces entra en juego el estado psicológico del hombre. "No es en absoluto anormal o irrazonable. -leemos en la sentencia- haber visto perfiles de desconfianza en el hombre como para determinar la revocación de su licencia de portación de armas. Es el mismo demandante quien en la demanda relata que quedó particularmente conmocionado y marcado por el ataque que sufrió. Un estado de ánimo, todavía revelado tres meses después del ataque, es ciertamente la antítesis de la condición de serenidad, calma, control y equilibrio esenciales para la posesión de un arma.
Por otro lado, él también es víctima del atentado y ha sufrido, según él sin motivo, graves lesiones personales de más de 40 días y esta circunstancia asume relevancia en relación al posible resentimiento e impulso de venganza”. Y de ahí la conclusión que va en el sentido contrario al esperado por quienes interpusieron el recurso: "el Colegio cree que el Cuestor, en el decreto de revocación, señaló puntualmente esas "pistas" desde un punto de vista sustantivo y de forma exhaustiva desde un punto de vista punto de vista motivacional en base al cual consideró que había fallado la fiabilidad del uso correcto de las armas por el demandante "(L'Adige).