Tras la publicación del DPCM 10 de abril de 2020 y de la relativa circular explicativa del Ministerio del Interior de 15 de abril último con la que se concedió la prórroga del plazo para la suspensión del trámite administrativo, elArchivo ANPAM intervino en el Ministerio del Interior para resaltar la necesidad de también extender la duración de todas las autorizaciones policiales en todas sus modalidades, de vital importancia para el sector, en un momento tan particular como el actual.
Al respecto, se incluyó en el proyecto de ley AC 2463 para la conversión de decreto-ley de 17 de marzo de 2020, no. 18 (Cura Italia), el siguiente párrafo que modifica el párrafo 2 del art. 103: "2. Todos los certificados, certificados, permisos, concesiones, autorizaciones y escrituras habilitantes, cualquiera que sea su denominación, incluidas las condiciones de inicio y finalización de las obras a que se refiere elel artículo 15 del decreto del Presidente de la República del 6 de junio de 2001, n. 380, que vencen entre el 31 de enero de 2020 y el 31 de julio de 2020, conservan su vigencia durante los siguientes 90 días desde la declaración de terminación del estado de emergencia ".
Como se desprende de la lectura del texto, todas las autorizaciones policiales se extienden en los suyos. validez durante los 90 días siguientes al cese del estado de emergencia, fijado a partir de hoy 31 de julio de 2020. El decreto Cura Italia acaba de ser aprobado en la Cámara de Diputados con voto de confianza tras su aprobación en el Senado en primera lectura. Creemos razonablemente que a principios de semana se publicará el decreto en el Gaceta Oficial y, presumiblemente, seguirá una circular explicativa del Ministerio del Interior.