Una respuesta contundente y sin dudarlo. Entonces el Asociaciones de caza reconocidas, Federcaccia a la cabeza, y el Comité Nacional de Caza y Naturaleza (CNCN), reunidos en Sala de control unitaria del mundo cinegético, han reaccionado a los ataques del mundo de los derechos de los animales contra la caza regulada y sostenible que se lleva a cabo en Italia. Todo bien empaquetado, pero legalmente infundado y científicamente incorrecto, parcial o excedió los argumentos transmitidos por Enpa, Lac, Lav, Lipu y Wwf a las Regiones e instituciones nacionales competentes en la materia para solicitar, so pena de la habitual amenaza de recursos administrativos, fuertes restricciones a calendarios de caza para la próxima temporada, fue respondida con firmeza y sin ambigüedades.
Uno fue entregado con prontitud a los mismos destinatarios institucionales contra-solicitud preparada por la sala de control, ofreciendo al mismo tiempo a cada Región y a ISPRA su plena disponibilidad para proporcionar los datos, estudios y publicaciones más recientes y fiables, referidos a realidades territoriales específicas, necesarios para la correcta elaboración de calendarios de caza 2019/2010. En el caso contrario, los pseudoargumentos descritos en la carta de las asociaciones de derechos de los animales son demolidos punto por punto, desde la situación de la especie hasta los planes de caza de vida silvestre, desde las obligaciones de la comunidad hasta el contenido legal de las leyes italianas. .
Dado que, después de 27 años, la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Medio Ambiente aún no lo han hecho, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 inciso 2 de la Ley 157 de 1992 que regula la protección y manejo de la fauna y en consecuencia el ejercicio cinegético, establecer las Unidades Operativas Técnicas Consultivas descentralizadas de ISPRA designadas para brindar apoyo a las Regiones para la preparación de planes regionales, la sala de control procedió a advertir al Presidente del Consejo de Ministros y al Ministro de Medio Ambiente y de Protección del Territorio y el Mar para que finalmente procediera a su creación a más tardar 60 días a partir de la notificación de esta escritura. Si los órganos de gobierno no cumplieran con lo solicitado, las Asociaciones reunidas en la sala de control cinegético procederán, sin más dilación, a emprender todas las iniciativas más adecuadas para la aplicación de la ley. proteger y garantizar sus propios derechos y los de sus miembros.