La Tercera Sección de la Tribunal de Casación expresado en el pasado sobre la noción de ejercicio de caza. Según los jueces, este término no solo significa la captura y matanza de la caza, sino también las actividades preliminares y la preparación de los medios y cualquier otro acto destinado a la posterior retirada. Además, la actitud y la práctica de la caza se deducen de la situación de peligro.
Fue necesaria la intervención de los armiños tras la condena económica de dos personas por haber cazado durante la noche, llevar un rifle con un dispositivo activo y un cargador equipado con tres rondas: los objetivos también se iluminaron con faros de automóviles y linternas. Ambos solicitaron la nulidad de la sentencia, dado que la Corte había ignorado (según su tesis de defensa) que se encontraban en el bosque y de noche por buscar a su perro que se había extraviado.
La presencia del rifle, además, habría hecho que la actitud de caza fuera menor, ya que está descargado y en un estuche separado de la munición. Sin embargo, el recurso fue declarado inadmisible. La presencia del rifle, las municiones y el encendido de las luces convencieron al Tribunal Supremo de que la actitud era de hecho cazando, como se explicó inicialmente para aclarar la noción de caza.