CAZA: ”La sentencia del Tribunal Constitucional es un nuevo y seco rechazo a la política de las regiones de Lombardía y Toscana en términos de captura y uso de señuelos vivos, es decir, aves utilizadas como cebo para atrapar o cazar otras aves. Pero tiene un valor que afecta a toda la actividad cinegética ”.
Roma, 16 de junio - Este es el comentario de las asociaciones Amigos de la Tierra, Animalistas italianos, ENPA, Fare Verde, LAC, LAV, Legambiente, LIPU-BirdLife Italia, VAS y WWF Italia sobre el fallo de la Consulta n. 190 de 8 de junio, que sancionó la ilegitimidad de la ley núm. 16 de 21 de septiembre de 2010 de Lombardía, y del artículo 2 y del mencionado Anexo A de la ley toscana de 6 de octubre de 2010.
“La de las llamadas en vivo es una práctica obsoleta y deplorable pero que, siendo admitida por la legislación nacional, en todo caso debe realizarse de conformidad con la normativa. Lo que, una vez más, Lombardía y Toscana no lo han hecho.
Los concejales de Lombardía y Toscana, en lugar de planear nuevas excepciones y perseguir al pinzón, harían bien en reflexionar sobre lo equivocado que es escuchar a ciertos márgenes del mundo de la caza, que solo se están haciendo daño a la naturaleza, la buena administración y toda 'imagen de Italia ”, advierten las asociaciones.
Pero la sentencia del Tribunal también tiene un enorme valor general sobre las actividades cinegéticas: el Tribunal, aceptando el recurso del Gobierno sobre la fuerte recomendación de las asociaciones, reafirmó las obligaciones comunitarias en materia de derogaciones, que son una herramienta excepcional cuyo uso - afirma la Corte - debe reducirse a lo estrictamente necesario, y la necesidad de garantizar estándares mínimos y uniformes para la protección de la fauna y contar con la opinión favorable de la autoridad científica, es decir, Ispra ”.
Fuente: ASCA