El Senado aprobó el 14 de julio de 2021 una enmienda propuesta por el grupo de DP la disposición para la "Conversión en ley, con modificaciones, del decreto-ley de 25 de mayo de 2021, n. 73, que contiene medidas urgentes relacionadas con la emergencia de COVID-19, para empresas, trabajo, jóvenes, salud y servicios locales "Que extiende el Descuento de IVA en compra y venta de animales vivos para la alimentación también para la fauna silvestre para las actividades de caza. Esta es una medida importante, contraria a lo que algunos senadores desinformados que la han clasificado como un descuento en la compra de llamadas en vivo, que obviamente no tienen nada que ver con eso. Sin embargo, se espera que esta desgravación fiscal aligere los balances de los ATC y las CA al liberar recursos para destinarlos a inversiones en una mayor calidad de los artículos comprados así como hacia la restauración y mejora ambiental en beneficio de toda la población. Adjuntamos el texto de la enmienda:
Se inserta lo siguiente después del artículo 18:
« Artículo 18-bis. - (Disposiciones relativas al tipo reducido del impuesto sobre el valor añadido) - 1. Desde la fecha de entrada en vigor de la ley que convierte este decreto y hasta el 31 de diciembre de 2021, para Abordar los efectos económicos derivados de la emergencia epidemiológica del COVID-19., para efectos de aplicar la tasa reducida del impuesto al valor agregado a que se refiere el cuadro A, parte I, número 4), y parte III, número 7), adjunto al decreto del Presidente de la República de 26 de octubre de 1972, n. . 633, los animales vivos destinados al consumo humano también incluyen los animales vivos transferidos para la caza. 2. A los gastos derivados de la ejecución de este artículo, estimados en 0,5 millones de euros para el año 2021, se proporciona mediante una reducción correspondiente en el Fondo a que se refiere el artículo 1, párrafo 200, de la Ley núm. 23, refinanciado por el artículo 2014, párrafo 190, de este decreto "(Fuente: Caza de arco).