Il Tribunal Administrativo Regional de Florencia fue llamado para examinar la apelación de un hombre contra un decreto que prohíbe la posesión de armas, municiones y materiales explosivos. El caso involucró al Ministerio del interior y Prefectura: en pocas palabras, los Carabinieri denunciaron este tema, remitido a la autoridad judicial por no reiterar la denuncia en sí debido al constante cambio del lugar de detención.
Entonces la persona fue juzgada poco fiable para evitar un posible abuso del arma. La TAR de Toscana aceptó la apelación, recordando cómo las últimas sentencias de segundo grado explicaron laartículo 43 de los TULPS, que excluye la expedición de licencias en caso de hurto, atraco y extorsión. Sin embargo, la autoridad judicial también debe examinar otros aspectos, en particular, la tenue del delito.
En el caso del hombre que presentó el recurso, de hecho, no hubo condenas, pero solo una referencia: entre otras cosas, esta persona también obtuvo la extinción del delito pagando la mitad de la pena máxima. En el final, el Ministerio del Interior ha violado la obligación de motivar, ignorando las tres renovaciones de la licencia por parte del sujeto que siempre había indicado correctamente su domicilio.