La tercera sesión de la Tribunal de Casación se pronunció sobre la autonomía de los casos individuales que son tomados en consideración por elartículo 30 de la Ley Nacional de Caza ("Penalidades criminales"). Según esta interpretación de los jueces de Piazza Cavour, la violación del artículo da lugar a distintos delitos, unidos solo por el hecho de que son uno la continuación del otro. El hecho se refiere a una condena por parte del Tribunal de Bérgamo contra un hombre responsable de la violación continua de la disposición al pie de la letra. "Y" del artículo y la letra "h".
La apelación a la Corte Suprema había estado motivada por el hecho de que existían los detalles de una sola violación, pero en realidad el hombre había sido impugnado. la caza y el hecho de haber matado dos aves pertenecientes a especies protegidas. Las dos disposiciones tienen diferencias estructurales e incluso si son parte del mismo artículo de la Ley 157 de 1992, las violaciones son autónomas. El relativo a la letra "e" tiene que ver con la crimen de peligro, el segundo con el delito de daño. Por tanto, la apelación se consideró inadmisible y el hombre se vio obligado a pagar las costas judiciales.