La primera sección de la Tribunal Administrativo Regional de Lombardía se ocupó de la apelación de un hombre contra la revocación de la puerto de escopeta para uso de caza. Con base en lo denunciado por los Carabinieri de Valmalenco, en la provincia de Sondrio, en 2017 esta persona fue investigada por lesión personal culposa luego de golpear accidentalmente con un tiro en la pierna derecha un compañero de bateo en el bosque. El accidente ocurrió mientras el cazador estaba ocupado cargando su rifle y se reconoció el detalle imprudencia e inexperiencia en materia de seguridad.
Para el hombre habría habido un exceso de poder, además de la falta de notificación del inicio del proceso y la falta de investigación. La apelación fue inevitablemente rechazada ya que las quejas de quienes lo propusieron no pudieron ser compartidas. Se reconoció la inexperiencia, así como la falta de confiabilidad del sujeto para sostener armas y municiones.
Ni siquiera el hecho de no iniciar el procedimiento puede considerarse una falta, también porque ahora es una cuestión de una práctica jurisprudencial consolidada. Por tanto, la recurrente fue condenada al pago de las costas del litigio, abonadas en la cantidad de mil euros además de los accesorios legales. En otras sentencias similares, este precedente no puede ignorarse.